Se realizará una inspección técnica por cada edificio, con independencia de su distribución espacial, situación registral, catastral o su reseña postal. La inspección deberá realizarse como mínimo en la totalidad de las dependencias de planta baja, bajo rasante y bajo cubierta, alcanzándose en otras plantas un porcentaje mínimo del 60% que deberá ser representativo.
Respecto a las instalaciones del edificio se revisará el estado de las redes generales de fontanería, saneamiento y electricidad de los elementos comunes del edificio ante la evidencia de daños propios o inducidos a otros elementos por el mal funcionamiento de las mismas. Para las instalaciones de gas y los ascensores, únicamente se constatará la existencia de que se han superado las últimas revisiones periódicas con las empresas mantenedoras.
La propiedad del inmueble estará obligada a presentar la documentación íntegra de la inspección ante el Ayuntamiento junto con la solicitud de inclusión en la Base Municipal de Datos de Inspecciones Técnicas de Edificaciones Favorables.
El Ayuntamiento puede requerir a dichos propietarios la exhibición del último certificado de inspección y su informe anexo. Si los citados documentos no se presentan antes de que transcurran el plazo dado en el requerimiento, el Ayuntamiento puede ordenar la práctica de la inspección técnica del edificio en sustitución y a costa de los propietarios obligados.
Más información sobre ITES VALLADOLID en nuestra web http://www.ites-valladolid.org

0 comentarios:
Publicar un comentario